Nueva declaración anual de arrendamientos de corta duración: qué es, quién debe presentarla y cómo cumplir con la obligación

Recientemente se ha aprobado la orden que regula el nuevo modelo informativo de declaración anual de arrendamientos de corta duración, una obligación que afecta directamente a propietarios y anfitriones que alquilan inmuebles a través de plataformas digitales.

Si alquilas un apartamento turístico o cualquier alojamiento por periodos cortos mediante plataformas online, esta información te interesa.


¿Qué es la declaración anual de arrendamientos de corta duración?

Se trata de una declaración informativa de carácter anual mediante la cual se comunica a la Administración la existencia de arrendamientos de corta duración formalizados durante el ejercicio anterior.

Es importante destacar que:

  • No implica pago de impuestos.

  • No sustituye a las obligaciones fiscales habituales (IRPF, IVA o Impuesto sobre Sociedades).

  • Tiene carácter informativo y registral.

Su objetivo es reforzar el control sobre los alquileres turísticos y los servicios de alojamiento comercializados a través de plataformas digitales.


¿Quién está obligado a presentar esta declaración?

Están obligados a presentar este modelo:

  • Anfitriones.

  • Personas físicas propietarias.

  • Sociedades arrendadoras.

  • Cualquier persona o entidad que preste servicios de alquiler de corta duración.

Siempre que dichos arrendamientos se realicen a través de plataformas en línea, principalmente en el ámbito de:

  • Apartamentos turísticos.

  • Viviendas vacacionales.

  • Alojamientos de uso turístico.

  • Otros bienes susceptibles de arrendamiento de corta duración.


¿Qué se considera arrendamiento de corta duración?

Aunque la normativa concreta puede precisar determinados aspectos, en términos generales se considera arrendamiento de corta duración aquel que:

  • No tiene carácter de vivienda habitual del arrendatario.

  • Se destina a estancias temporales.

  • Se comercializa mediante plataformas digitales o intermediarios online.

Este modelo se enmarca dentro del creciente control regulatorio del alquiler turístico en España.


Plazo y periodicidad de presentación

La declaración tiene carácter anual.

Debe presentarse durante el mes de febrero de cada año, incluyendo la información correspondiente al año natural anterior.

Ejemplo práctico:

  • Los arrendamientos formalizados durante 2025 deberán declararse en febrero de 2026.

Es recomendable no esperar al último momento, ya que requiere consolidar información detallada de cada operación realizada.


¿Cómo se presenta la declaración?

La presentación debe realizarse:

  • Mediante un modelo individual por cada finca, buque, embarcación o artefacto naval.

  • En papel o de forma telemática.

  • A través de la sede electrónica del Colegio de Registradores.

Es fundamental que la información esté correctamente estructurada y completa, ya que cada inmueble o bien debe declararse de forma independiente.


¿Qué información debe incluirse?

Para la correcta preparación del modelo, será necesario disponer, como mínimo, de:

  • Identificación del titular o arrendador.

  • Datos identificativos del inmueble o bien.

  • Información detallada de cada arrendamiento.

  • Fechas y características de las estancias.

  • Datos económicos asociados.

Cada arrendamiento deberá reflejarse como un registro independiente.


¿Qué ocurre si no se presenta?

Al tratarse de una obligación formal, la falta de presentación puede derivar en:

  • Requerimientos administrativos.

  • Procedimientos de comprobación.

  • Posibles sanciones por incumplimiento de obligaciones informativas.

El entorno normativo en materia de alquiler turístico es cada vez más exigente, por lo que la prevención y la correcta planificación resultan esenciales.


Cómo podemos ayudarte desde Camher

En Camher analizamos tu situación particular y nos encargamos de:

✔ Revisar si estás obligado a presentar la declaración.
✔ Preparar el modelo conforme a normativa vigente.
✔ Verificar la coherencia de la información declarada.
✔ Presentarlo dentro de plazo.

Para poder gestionar correctamente la declaración, necesitamos que nos remitas antes del día 24 la información cumplimentada en la plantilla Excel facilitada, incluyendo:

  • Un registro por cada arrendamiento.

  • Un registro por cada finca o bien.


Recomendación profesional

El alquiler de corta duración está sujeto a una regulación cada vez más estricta, tanto en el ámbito fiscal como registral. Anticiparse y cumplir adecuadamente con las obligaciones informativas evita riesgos innecesarios y aporta seguridad jurídica.

Si realizas alquileres turísticos o de corta estancia, te recomendamos revisar tu situación con tiempo.

Contacta con nuestro equipo y garantizaremos que todo esté correctamente gestionado.