Declaración de Sucesiones y Donaciones

Declaración de Sucesiones y Donaciones

Declaración de Sucesiones y Donaciones

En Camher contamos con más de 25 años de experiencia gestionando la Declaración de Sucesiones y Donaciones, ofreciendo un servicio integral que combina asesoramiento jurídico y fiscal para garantizar que cumplas con la normativa vigente y optimices tu tributación. Nos ocupamos de todo el proceso para que puedas centrarte en lo realmente importante, evitando errores, retrasos o sanciones.

¿Qué es la Declaración de Sucesiones y Donaciones?

El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones es un tributo que grava la transmisión gratuita de bienes y derechos, ya sea por herencia, legado, donación o cualquier otro título gratuito. Se trata de un impuesto cedido a las comunidades autónomas, por lo que los plazos, reducciones y bonificaciones pueden variar según la región donde se presente.

Cuándo presentar la declaración

  • Sucesiones: el plazo general es de 6 meses desde el fallecimiento, prorrogable en determinados casos.
  • Donaciones: debe presentarse en un plazo de 30 días hábiles desde que se formaliza la entrega o aceptación del bien o derecho.

Cómo te ayudamos en Camher

Nos encargamos de todo el proceso de la Declaración de Sucesiones y Donaciones:

  • Revisión de la documentación y valoración de bienes y derechos.
  • Cálculo del impuesto aplicando reducciones, bonificaciones y exenciones vigentes.
  • Preparación y presentación de la autoliquidación o declaración.
  • Gestión de plazos y solicitud de prórrogas cuando sea necesario.
  • Asesoramiento en planificación fiscal para futuras transmisiones.

Ventajas de contar con Camher

  • Seguridad jurídica: Cumplimiento estricto de los requisitos legales.
  • Optimización fiscal: Aplicación de todas las bonificaciones y reducciones posibles.
  • Trato personalizado: Adaptamos la gestión a cada caso concreto.
  • Rapidez: Evitamos demoras que puedan generar recargos o intereses.

Documentación habitual requerida

  • Certificado de defunción (en caso de sucesiones).
  • Certificado de últimas voluntades.
  • Testamento o declaración de herederos.
  • Escrituras de propiedad, contratos o justificantes de titularidad.
  • Recibos del IBI u otros impuestos municipales.
  • DNI/NIE de las partes implicadas.
Declaración de Sucesiones y Donaciones

Declaración de Sucesiones y Donaciones

Preguntas frecuentes

¿Qué ocurre si no presento la declaración en plazo?

La Agencia Tributaria puede aplicar recargos, intereses e incluso sanciones económicas. Además, no presentar la declaración impide inscribir los bienes en el Registro de la Propiedad a nombre de los herederos o donatarios.

¿Puedo pagar el impuesto en plazos?

Sí, en muchos casos es posible solicitar fraccionamiento o aplazamiento del pago, siempre que se cumplan los requisitos establecidos por la Administración.

¿Es lo mismo en todas las comunidades autónomas?

No. Cada comunidad aplica su propia normativa en cuanto a reducciones, bonificaciones y tipos impositivos.

Camher: expertos en tributación patrimonial

En Camher te acompañamos durante todo el proceso de la Declaración de Sucesiones y Donaciones, asegurando que cumplas con la ley y que el coste fiscal sea el menor posible dentro de la legalidad.


Evita errores y sanciones en tu Declaración de Sucesiones y Donaciones. Contacta con Camher y deja que nuestro equipo experto gestione tu trámite con eficacia y seguridad.